Home / Area / DOCTRINA EN DOS PÁGINAS Diario Penal Nro 178 – 02.02.2018


DOCTRINA EN DOS PÁGINAS

Inteligencia artificial y Derecho – Realidades y ficciones (Parte I)

Martín O. Moguillansky*

Poco menos de un siglo ha bastado a la informática para ejercer una influencia superlativa sobre la historia moderna de la humanidad, llegando a alterar incluso las estructuras sociales de nuestro mundo. Aportes invaluables como las propuestas de Alan Turing y Alonzo Church, han provisto a las ciencias de la computación de métodos formales fundados en la lógica-matemática para definir algoritmos de alta complejidad, asegurando que luego sea posible llevarlos a la práctica por un programa de computadora.

La inteligencia artificial (IA) se nutre y funda en tales aportes. Sus teorías lógico-matemáticas permiten dar fundamento a razonadores automáticos capaces de considerar extensísimos rangos y combinaciones de información que podría resultar impracticable para cualquier ser humano. Los aportes de la tecnología alcanzan incontables prácticas en el mundo de hoy. La IA es utilizada para tomar decisiones ajustadas a nuestros gustos sobre dónde vacacionar, cómo encontrar pareja, qué película ver, etc. Su aplicación alcanza múltiples disciplinas como las finanzas, la medicina, la industria, la geología, la astronomía, la aviación, la música, etc. Prácticamente toda disciplina profesional evoluciona su praxis continuamente por el uso de las computadoras. Prácticamente toda disciplina es beneficiada por el aporte de la tecnología en general. Toda, salvo el Derecho.

Aún en nuestros tiempos donde nada está exento al alcance de una red de computadoras, la práctica del Derecho no se nutre de los aportes de la informática más que para un uso llamativamente discreto como el de procesar textos con mayor efectividad que el de las viejas Olivetti. Con esto, no despreciamos el avance que ha implicado el uso de las computadoras en la práctica del derecho. Claramente el procesamiento de textos por computadoras ha dinamizado la praxis de forma notable, tanto para bien, teniendo en cuenta la facilidad de edición y multiplicación de trabajo respecto de notificaciones y resoluciones (entre otras), como así también para mal, observando la frecuente tentación que implica la facilidad de copiar y pegar texto a razón de “clicks por segundo”, favoreciendo la profundización del trámite por sobre la atención del conflicto, y contrariando la idea de desburocratizar la Justicia[1]. Sin embargo, considerando el aspecto positivo de su aporte, no es menor tener en cuenta que desde la óptica de la computación, los procesadores de texto han dejado de ser noticia hace ya casi 30 años. Existe un florido universo ya descubierto en las ciencias de la computación dispuesto a enriquecer la práctica del derecho.

Podrán ser variadas las razones para continuar con una práctica que actualmente se encuentra en estado de claro y profundo atraso, y que, aun así, resulta ser tan importante para la organización social de los pueblos. Los prejuicios tal vez sean una de esas primeras explicaciones que podamos ensayar sobre dicho atraso. Prejuicios sobre una supuesta revolución en el ámbito del derecho que permita fantasear y temer con un mundo en el que nuestros actos estén sometidos al criterio de una “máquina de juzgar”. Una máquina que elimine, al menos, la existencia de jueces humanos y la necesidad de recurrir a su “sano” criterio. Así, las visiones apocalípticas no tardan en aparecer.

Sin embargo, la idea de la máquina de juzgar está muy lejos de la realidad en términos pragmáticos y de objetivos científicos. Es posible que el problema surja de la falta de trabajo interdisciplinario entre las áreas de las ciencias de la computación y el derecho. Así es que los científicos de la computación sólo comprenden los procesos judiciales a través del relato periodístico nocturno, mientras que los investigadores del derecho conocen a la IA por los aportes de la ciencia ficción al séptimo arte.

En la lógica-matemática la herramienta de la abstracción permite concentrar esfuerzos sólo en la porción relevante del problema y profundizar sobre él. Pero el mal que esto acarrea es la pérdida de contexto. Discusiones acaloradas sobre teorizaciones lógicas en abstracto pueden llevar a muchos científicos por un camino oscuro de investigaciones necesarias pero impracticables en lo contemporáneo. Definir un contexto de aplicación previo a las investigaciones científicas es hoy en día una obligación en cualquier artículo científico. Pero el problema para un científico en IA interesado en modelar algoritmos de razonamiento jurídico, es que resulta imprescindible adquirir comprensión real del derecho y, sin embargo, muy pocos se atreven a navegar en el océano de sus teorías hacia un mundo completamente desconocido.

Por su parte, la ciencia jurídica precisa adentrarse más en el barro pantanoso de una lógica formal, y que en muchos casos presupone practicarla de forma intuitiva sin corromperla.

Es así que las falacias e incorrecciones formales en el razonamiento jurídico son moneda corriente e influyen sobre la forma de decidir los casos jurídicos en función de precedentes poco relevantes o mal fundados. Esto, además, contribuye a desconsiderar la búsqueda de precedentes mejor ajustados al caso que inevitablemente quedan perdidos entre las penumbras y telarañas de los archivos del poder judicial.

El trabajo interdisciplinario entre el derecho y la inteligencia artificial es hoy en día una de las áreas de mayor proyección científica a nivel global –el artículo de Daniel Pastor[2] intenta colaborar en esta línea de acercamiento entre disciplinas. Existen importantes proyectos de intercambio de investigación entre distintos laboratorios (mayormente europeos) impulsados económicamente tanto desde el sector público como del privado. Esto promueve el desarrollo de un lenguaje común esencial para realizar aportes en ambas disciplinas. Sin embargo, el trabajo mancomunado de investigación, en la práctica, es aún poco común. Si bien tanto juristas como científicos impulsan el avance del área de IA y Derecho, en pocos casos realizan sus investigaciones a partir de un intercambio conjunto en el que ambos participen activamente. Esto propicia la aparición de dos corrientes diferentes dentro del área, aquella con una perspectiva pura del derecho y otra con el enfoque de la IA y las ingenierías de sistemas (con sus propias diferencias). Pero en ambas corrientes, las fundamentaciones pertinentes desde la mirada del área complementaria son poco profundas. 

[*] Investigador CONICET en Inteligencia Artificial y Derecho por el Instituto de Ciencias e Ingeniería de la Computación (ICIC) de la Universidad Nacional del Sur. (e-mail: mom@cs.uns.edu.ar).

[1]  BINDER, Alberto M., Introducción al Derecho Procesal Penal. AD-HOC, 1999 (ISBN: 9508941855, 9789508941855).

[2] PASTOR, Daniel R., El futuro de la jurisdicción penal entre oficios temporales y máquinas de juzgar. Diario Penal Nro. 175-01.12.2017.

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