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jurisprudencia

Alcance de la procedencia de medidas cautelares

Grupo Clarin S.A. s/ medidas cautelares. (Hace lugar a la queja - Procedente el recurso extraordinario - Rechaza levantamiento cautelar - Plazo vigencia - Revoca en cuanto al momento en que debe computarse - Vigencia desde 7/12/09 - Aplicación del art. 161 Ley 26.522)

4°) Que el recurso extraordinario resulta procedente pues si bien las resoluciones que ordenan, modifican o levantan medidas cautelares, no revisten, en principio, el carácter de sentencias definitivas, en los términos que exige el art. 14 de la ley 48 para la procedencia del recurso extraordinario (Fallos: 310:681; 313:116; 327:5068; 329:440; entre muchos otros), dicho principio no es absoluto, ya que cede cuando aquellas causen
un agravio que, por su magnitud y circunstancias de hecho, pueda ser de tardía, insuficiente o imposible reparación ulterior (Fallos: 308:90;319:2325; 321:2278).
Por lo demás, en el sub examine se encuentra cuestionada la interpretación de una sentencia dictada por esta Corte en la causa, lo que constituye cuesti6n federal suficiente para ser examinada en la instancia del art. 14 de la ley 48 (Fallos: 306:1698; 307:483, 1948; 308:215; 321:2114; 327:4994; entre muchos otros).

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