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jurisprudencia

Admisibilidad. Doctrina de la arbitrariedad: aplicación a casos de carácter excepcional.

Expte. nº 7209/10 “Ballatore, Juan Alberto s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en ‘Ballatore, Juan Alberto c/ GCBA s/ daños y perjuicios (excepto resp. médica)’”

Ello, desde ya, no impide recordar que la admisibilidad del recurso por esta causal es estricta según lo señala la CSJN, creadora de esta doctrina: “La doctrina de la arbitrariedad no tiene por objeto convertir a la Corte en un tribunal de tercera instancia, ni corregir fallos equivocados (…), sino que atiende a cubrir casos de carácter excepcional en los que, deficiencias lógicas del razonamiento o una total ausencia de fundamento normativo, impidan considerar el pronunciamiento de los jueces ordinarios como la sentencia fundada en ley a que hacen referencia los arts. 17 y 18 de la Constitución Nacional” (Fallos: 312:246; 389, 608; 323:2196, entre otros).

(José Osvaldo Casás)

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