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jurisprudencia

No procedencia de medidas cautelares, como regla, respecto de actos administrativos o legislativos. Excepción: impugnación sobre bases prima facie válidas

Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires /c Buenos Aires, Provincia de /s Accion de Amparo

4°) Que este Tribunal ha establecido que si bien por vía de principio, medidas como las requeridas no proceden respecto de actos administrativos o legislativos habida cuenta de la presunci6n de validez que ostentan, tal doctrina debe ceder cuando se los impugna sobre bases prima facie verosimiles (Fallos: 250:154; 251:336; 307:1702; 316:2855).

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