Home / Area / JURISPRUDENCIA Diario Constitucional y Derechos Humanos Nro 128 – 03.10.2016


JURISPRUDENCIA

Los funcionarios/as intervinientes deben velar por el derecho a ser oído de los niños, niñas y adolescentes

Considerando:
1°) Que el juez a cargo del Juzgado Nacional Criminal y Correccional Federal n° 3 concedió la extradición de David Altamiranda Biancciotti a la República Oriental del Uruguay para su sometimiento a proceso por los delitos de receptación especialmente agravado y daño especialmente agravado (fs. 572 vta./573 y fundamentos obrantes a fs. 574/597 vta.).
2 0) Que, contra esa resolución, la defensa oficial del requerido interpuso recurso ordinario de apelación (fs. 603/610) que, concedido (fs. 611), fue fundado en esta instancia por el señor Defensor General Adjunto de la Nación (fs. 620/625 vta.). A su turno, el señor Procurador Fiscal solicitó la confirmación de lo resuelto (fs. 628/632 vta.).
3°) Que, con carácter previo, cabe señalar que según el artículo 245 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, “El apelante deberá limitarse a la mera interposición del recurso y si esta regla fuera infringida se mandará devolver el escrito, previa anotación que el secretario o el oficial primero pondrá en el expediente, con indicación de la fecha de interposición del recurso y del domicilio que se hubiese constituido, en su caso”.

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