Home / Area / IMPUESTO AL VALOR AGREGADO – Ley 23.349


jurisprudencia

Sistema de recupero o reintegro

Cargill S.A.C.I. c/ E.N. - AFIP DGI (GCl - resols.9, 10 Y 13/04 s/ Dirección General Impositiva.

10) Que, en lo que aqui interesa, cabe señalar que el sistema de recupero o reintegro del impuesto al valor agregado para exportadores regulado por el art. 43 de la ley 23.349 (t.o. en 1997 y sus modif.) permite obtener la restitución del credito fiscal utilizando diferentes mecanismos (compensación, acreditación, devolución y transferencia) segun un determinado orden de prelación.
En efecto, el recupero se materializa principalmente mediante la compensación del credito fiscal con el saldo a pagar del impuesto al valor agregado que el exportador deba ingresar al Fisco Nacional par las operaciones gravadas realizadas en el mercado interno (ley del tributo, art. 43, primer parrafo y resol. Gral. 616/1999 -art. 18-).

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