Home / Area / DOCTRINA EN DOS PÁGINAS2 Diario DPI Suplemento Derecho Público Comparado Nro 07 – 17.05.2017


DOCTRINA EN DOS PÁGINAS

La Cámara de los Lores y el “Brexit”

Por Walter F. Carnota

Al implementar legislativamente el “Brexit”, tal como lo ordenase la Suprema Corte del Reino Unido en su fallo por mayoría del 24 de enero, la Cámara de los Lores introdujo enmiendas al proyecto enviado por la Cámara de los Comunes sobre derechos de los ciudadanos comunitarios que viven en Gran Bretaña y sobre las potestades parlamentarias en el armado final de la salida del Reino Unido de la UE.

Muchos entonces se preguntaron: ¿es la cámara alta, no electa en su origen, del Parlamento británico, más “democrática” que los Comunes? Recientes estudios, como los que lleva a cabo en “The Constitution Society” la profesora Dawn Oliver, entre otras, demuestran que los pares del Reino se preocupan, aún en su carácter vitalicio y menos partidario en principio, por ser “guardianes de la Constitución”. Desde una perspectiva antropológica, se han identificado grupos y subgrupos de nobles, lealtades, actitudes políticas y tendencias proclives a dotar al Reino Unido de un “carácter constitucional”.

Siempre ha costado mucho definir a la Constitución británica. Y ello es así porque su producto es totalmente evolutivo, por agregación y no sujeto a una planificación racional preconcebida. Gran Bretaña ha avanzado en su derecho “a prueba y error”. Es un modo totalmente distinto de derivar las reglas jurídicas. Hacia fines del siglo XX, la Cámara de los Lores fue también objeto de grandes modificaciones por parte del gobierno laborista de Tony Blair. La cámara fue drásticamente reducida en su membresía, y en 2009 comenzó a funcionar la Suprema Corte del Reino Unido, pasando a integrarla los otrora “lores judiciales”.

Gran Bretaña no podría hablar de “república”, ya que ha sido monarquía salvo por el interregno entre 1647 y 1660 de la mano de los Cromwell. Pero hoy intenta, de a poco, ser un Estado constitucional. Los Lores se están pareciendo a un Senado: una cámara de “reflexión” que pueda pensar más pausadamente que la de representación popular electiva como los Comunes.

Si bien la voluntad que prevalece es la de esta última por ser cuna de los deseos del pueblo, ello no debe conducir sin más a desdeñar a la cámara alta, que se acordó de los tres millones de europeos que viven en las islas. Una rémora de la Edad Media actualiza los contenidos del derecho constitucional británico y del derecho de la integración europea, lo que vaya a quedar de esto último luego del “Brexit”.

La nobleza encarna paradojalmente aspiraciones más mundanas que los Comunes. Siempre latirá en este entramado institucional el tiempo, la fusión entre pasado y presente: las emociones en política son pasajeras y coyunturales, las normas e instituciones se van abonando con el transcurso de la historia. Hay pares conservadores, pero los hay laboristas. La Cámara de las elites se parece al resto del país. Lección para aquellos que descreen de los equilibrios y del bicameralismo. Polibio y Montesquieu (por no decir Locke), le vuelven a ganar a Rousseau.

 

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