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jurisprudencia

Requisitos de adminisbilidad. Insuficiencia de la referencia ritual a derechos constitucionales. Habilitación de la instancia recursiva.

Expte. n° 6535/09 “GCBA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: ‘Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires Alberto c/GCBA y otros s/ amparo (art. 14 CCABA)’” y su acumulado Expte. nº 6545/09 “EDESUR SA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: ‘Defensoría del Pueblo de la Ciudad de la Ciudad de Buenos Aires c/ GCBA y otros s/ amparo (art 14 CCABA)’

Resulta oportuno señalar que la referencia ritual a derechos constitucionales, si no se acredita precisa y fundadamente su cercenamiento, es insuficiente para habilitar la instancia recursiva ante este Estrado, ya que si bastara la simple invocación de un derecho o garantía de raigambre constitucional el Tribunal se vería convertido, de ordinario, en tercera instancia obligada de todos los pronunciamientos dictados por el Poder Judicial de la Ciudad (cf. este Tribunal, in re “Carrefour Argentina S.A. s/ recurso de queja”, expte. n° 131/99, sentencia del 23/2/2000, en Constitución y Justicia [Fallos del TSJ], t. II, ps. 20 y siguientes, entre muchos otros).

(José Osvaldo Casás y Luis Francisco Lozano)

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