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Los mails tienen valor probatorio

La Cámara Civil de Córdoba admitió el valor probatorio de los mails siempre que pueda comprobarse su autenticidad.
Si bien confirmó la decisión del juez de grado, que rechazaba la demanda del actor, la Cámara entendió que no correspondía descartar los mails presentados como prueba en el proceso judicial en virtud del principio de libertad de medios, expresamente consagrado en el Código de Procedimiento Local.