La autora analiza un fallo de la Cámara Nacional del Trabajo en el que se aplicó el Convenio 190 de la OIT sobre Violencia y Acoso Laboral, a pesar de que el misma aún no fue ratificado en Argentina. Se refiere asimismo a la incorporación que la jurisprudencia ha realizado sobre el “Mobbing”. Sostiene que es prioritaria la ratificación de dicho Convenio por Argentina.
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Diario Laboral Nro. 236 – 05.03.2020
La autora analiza un pronunciamiento de la Cámara Nacional del Trabajo en el que entendió que existió discriminación hacia un trabajador tras ser despedido sin causa y luego de que presente un grave estado de salud. Concluye que el pronunciamiento consolida como causa discriminatoria el despido injustificado en un período próximo a la enfermedad
Leer más »Diario Laboral Nro. 235 – 27.02.2020
El autor analiza la Gig Economy. Sostiene que con su aparición se está ante una antigua problemática del Derecho del Trabajo que requiere esperar a que los operadores judiciales desarrollen el tratamiento a dar y que se defina qué nivel de intervencionismo normativo se requiere o qué condiciones se deben contemplar como mínimas para la validez de las prestaciones que incluye.
Leer más »Diario Laboral Nro. 234 – 20.02.2020
El autor se refiere al Decreto 56/2020 que establece un incremento salarial mensual para el sector público. Analiza los sujetos que quedan incluidos y excluidos del mismo y sostiene que las sumas que otorga son fijas remunerativas no bonificables mensuales.
Leer más »Diario Laboral Nro. 233 – 13.02.2020
El autor analiza el incremento salarial dispuesto por el Decreto 14/2020. Sostiene que la norma es constitucional y el incremento tiene naturaleza remunerativa. Se refiere asimismo al régimen especial para las Pymes.
Leer más »Diario Laboral Nro. 232 – 06.02.2020
El autor se refiere al Decreto de Necesidad y Urgencia 34/2019 en el que se declara la emergencia ocupacional y a su fundamento constitucional. Explica que plantear la inconstitucionalidad de la declaración no alcanza para que la doble indemnización deje de tener efecto. Analiza además el artículo segundo que establece el derecho a la doble indemnización frente al despido incausado.
Leer más »Diario Laboral Nro. 231 – 19.12.2019
En esta segunda parte, la autora analiza la carga de la prueba de la discriminación laboral y señala que el trabajador debe demostrar la existencia de nexo de causalidad adecuado entre la medida y adoptada y el resultado discriminatorio. Concluye que el despido es discriminatorio cuando, acreditados los indicios por el trabajador, el empleador no acredita otra causa no discriminatoria.
El presente corresponde a la continuación del artículo publicado en el Diario Nº 230 (12.12.2019)
Leer más »Diario Laboral Nro. 230 – 12.12.2019
En esta primera parte, la autora se refiere a las implicancias del despido discriminatorio fundado en una cualidad, característica o condición del trabajador, que lo coloca en una situación de desventaja en relación al resto de las personas. Explica que el Derecho Argentino y los Tratados Internacionales en general se encuentran abiertos a proteger contra distintos tipos de discriminación.
Leer más »Diario Laboral Nro. 229 – 05.12.2019
La autora se refiere a un fallo de la Corte Suprema que destacó la vigencia del contrato de servicios, delimitó los alcances del artículo 23 de la LCT y enunció los indicios que consideraba irrelevante a fines de decidir la existencia de una relación laboral. Se refiere también a otro pronunciamiento en el que la Corte estableció que no es determinante de la existencia de vínculo laboral el hecho de que un asesor reciba directivas de una compañía.
Leer más »Diario Laboral Nro. 228 – 28.11.2019
La autora se refiere a la discriminación por motivos de género. Sostiene que el reconocimiento de la identidad de género y el respeto del libre desarrollo deben producirse durante el tiempo de prestación de tareas por el empleador y los compañeros. Enumera las conductas discriminatorias en las que puede incurrir el empleador y se refiere al despido por este motivo. Señala que en dichos casos se aplica el precedente “Pellicori”
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