Para garantizar una tutela efectiva a los vulnerables, debe procurarse un criterio móvil que no intente ubicar a la pretensión principal en tal o cual nicho procesal sino, en todo caso, ofrecer la posibilidad de que el reclamo fluya por la vía más apta sin que las facultades del juez lo conviertan en un centinela amurallado
“S. B. A. y otro/a c/ A. M. D. s/ protección contra la violencia familiar (Ley 12569)”, Cámara de Apelación Civil y Comercial, Sala Segunda de Mar del Plata, 24/02/2021
Denuncia – Ley N°12.569 – Facultades del juez – Tutela efectiva
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