
Reivindicaciones ancestrales por el territorio de las comunidades originarias en la Patagonia y el derecho aplicable. Una mirada desde los conflictos actuales (Parte I)
Por Lucas M. OllerSUMARIO.
- Introducción. 2. Un poco de historia y su incidencia en el presente. 3. Normativa y Jurisprudencia Internacional sobre derechos indígenas y su relación con el territorio. 4. Conclusiones.
1. Introducción
En noviembre de 2016 el periodista Horacio Verbitsky hizo pública en Página/12 una presentación interna del Ministerio de Seguridad que analizaba la “problemática mapuche”. El documento hacía explícita una búsqueda por situar a las “reivindicaciones territoriales mapuches de las provincias de Neuquén, Rio Negro y Chubut como amenazas para la seguridad social”, según denunciaron organizaciones indígenas y de Derechos Humanos en un comunicado.
Durante este tiempo, la construcción del “enemigo interno” se centró en la criminalización de un sector del movimiento mapuche principalmente en torno a la figura de Facundo Jones Huala y las comunidades en conflicto con la Familia Benetton en Chubut y los Lof emplazados sobre la mega formación Vaca Muerta en Neuquén.
En los últimos días, en la zona del Lago Mascardi –Bariloche-, reaparecieron las reacciones violentas hacia las comunidades mapuche que reivindican sus derechos ancestrales vinculados a la posesión de tierras. La estigmatización a las diferentes comunidades no tardaron en llegar, tanto por parte de medios de comunicación como de sectores políticos diversos, mientras que a su vez se ejerce una intensa presión del sector político para que intervenga la Justicia Federal[2] en el conflicto mediante desalojos y se erigen diversas críticas a la estrategia dialoguista por parte de las actuales autoridades del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI).
Sin embargo, la mayoría de los análisis que pueden observarse omiten abordar la problemática dentro de su debido contexto histórico, su incidencia en la situación actual y sobre todo soslayan la frondosa normativa nacional e internacional relativa a los derechos ancestrales de las comunidades indígenas, así como también importantes fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y de Tribunales Nacionales.
Ello, conlleva a que la sociedad reproduzca una imagen negativa respecto de cualquier reivindicación de las comunidades indígenas, perciba que se trata de una “toma de tierras más”, desconociendo la cosmovisión de las comunidades y la relación con los territorios ancestrales oportunamente desposeídos.
- Un poco de historia y su incidencia en el presente.
“El Estado Nacional se fundó sobre la base de un genocidio“, suele decir el ex juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, hoy integrante de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Eugenio Zaffaroni.
La historia de los pueblos indígenas del sur de nuestro país, no es otra que una historia de despojo desde fines del siglo XIX cuando la Patagonia se integra al Territorio Nacional. A partir de la denominada Conquista al Desierto (1879) comienza la disputa por el territorio patagónico, disputa que lejos está de haber concluido. La forma que adquirió el proceso de apropiación de la tierra favoreció la consolidación de la gran explotación y la expulsión de las sociedades preexistente, hechos que tuvieron y continúan teniendo consecuencias sustanciales en las relaciones sociales de producción y en las condiciones de vida de la población rural.
Con el transcurrir del siglo XX, la Patagonia se fue constituyendo en un territorio complejo resultado de las relaciones de poder que se establecen entre actores sociales con proyectos e intereses distintos que entran en una disputa desigual por el dominio del espacio. A partir de los años 90, se intensifica el proceso de concentración y de extranjerización de la tierra en la región patagónica y aumenta la conflictividad social.
En consecuencia, por un lado, se dinamiza el mercado de tierras con venta a privados, vinculados al desarrollo inmobiliario, a la extensión de las explotaciones agroindustriales o forestales, que utilizan vías de hecho ilegales, como la obstaculización de caminos o la instalación de alambrados; por otro, aumentan los reclamos de sociedades indígenas por su derecho ancestral a la tierra, lo que también incluye en determinados lugares puntuales la acción directa de restitución de territorio y, como respuesta, desatan procesos de criminalización de las comunidades que se organizan para reclamar o resistir a esas prácticas.
En los últimos años, la falta de respuesta a sus demandas tanto por los gobiernos locales y de intereses nacionales, estuvo signada por la falta de avances significativos en la implementación de la ley 26.160 que en el año 2006 suspendió los desalojos de territorios habitados por comunidades indígenas y ordenó su relevamiento en todo el país con miras a su restitución[3]. A su vez, se desató un descarnado proceso de persecución criminal de los referentes de las comunidades, que incluyó violentos desalojos y hasta muertes.
[1] Abogado UBA. Secretario de Primera Instancia de la Defensoría Oficial Federal nro. 2 de Neuquén.
[2] Los territorios en disputa corresponden a áreas de Parques Nacionales.
[3] Mediante la Ley N° 26.554 se prorroga el plazo establecido hasta el 23 de noviembre de 2013, luego se sancionó la ley n° 27400 de “Prórroga de la Declaración de Emergencia en Materia de Posesión y Propiedad de Tierras Ocupadas por Comunidades Indígenas Originarias”, mediante la cual se prorrogaron los plazos establecidos en los artículos 1°, 2° y 3° de la ley 26.160, prorrogados por ley 26.894, hasta el 23 de noviembre de 2021.
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