Una resolución da prioridad a la libertad religiosa y dice que el hiyab es compatible con la seguridad.
La jueza da prioridad al respeto a la libertad religiosa y alega que el velo es compatible con la seguridad en la cárcel.
La jueza María de los Reyes Jimeno añade que “el pañuelo islámico o ‘hiyab’ deja completamente visible la zona de la cara” y por tanto, resulta posible la retirada del pañuelo en aquellos supuestos puntuales en resulte necesario, para la práctica de un cacheo o para una mejor identificación personal”. “Es necesario recordar que los límites de los derechos fundamentales han de ser interpretados con criterios restrictivos y en el sentido más favorable a la esencia de tales derechos”, zanja.
La interna por yihadismo que presentó la queja es Soukaina Aboudrar, de apenas 20 años de edad y recluida en la cárcel de Picassent (Valencia). Fue detenida en diciembre del año pasado después de jurar fidelidad a Estado Islámico.
Esa prenda que defendía en las redes sociales se le respetará en prisión después del auto en el que la Audiencia Nacional aborda una laguna en el Reglamento: “según ha informado la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias a petición de este Juzgado, no existe Instrucción ni norma alguna dictada sobre dicha cuestión”. De hecho, la jueza ha decidido teniendo en cuenta todos los argumentos recogidos en la Ley.