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La justicia ratificó que la educación no tiene limites

La CSJN, con la firma de Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, desestimó un recurso de queja interpuesto por la a Universidad Nacional de La Matanza (UNLaM) y, reconoció el derecho de una persona con discapacidad a inscribirse y cursar el Profesorado Universitario en Educación Física.

En los autos “Naranjo, Emiliano Pablo c/ Universidad Nacional de la Matanza (UNLAM) s/Amparo Ley 16.986″, el Juzgado Federal en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo Nº 2 hizo lugar a la acción de amparo presentada por el actor y ordenó inscribirlo “en la carrera de Profesorado Universitario de Educación Física (…) tenga por aprobadas todas aquellas materias que requieran rendimientos físicos y en Folklore y Tango, y Observación y Práctica Docente sólo deba rendir sus aspectos teóricos”.

La institución apeló el fallo y la Sala II de la Cámara Federal de San Martín confirmó la sentencia de primera instancia. De esta forma, los camaristas afirmaron que “la negativa de la universidad a la pretensión de inscripción en el profesorado del accionista, es un acto de arbitrariedad e ilegalidad manifiestas, porque contradice la normativa legal y superlegal examinada, y los propios motivos fundadores de esa misma universidad y los de la educación superior (…)”.

“Valoramos que frente a la postura perseverante -durante años- del actor para ingresar al profesorado de educación física, nos hallamos ante una resistencia de la accionada que sobre las bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales, aparecería sustentada en estereotipos materialmente discriminatorios o, al menos gravemente sospechosos de tales (…)”, afirmaron los vocales.

Por último, los magistrados expresaron que “es obligación de la demandada realizar los ajustes razonables para la evaluación del actor, esto es, las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas que no impongan una carga desproporcionada o indebida para garantizarle su derecho de aprender y acceder al mismo título habilitante oficial de validez nacional en igualdad de condiciones con los demás alumnos del profesorado de educación física de la Universidad (…)”.