La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Dolores Buenos Aires, se pronunció en el marco de los autos caratulados “G., R. D. C s/ inc. de apelación de los autos” y rechazó la apelación interpuesta por la abuela del menor, contra la sentencia que ordenó cautelarmente la restitución a su madre biológica. Refirió que, de los informes agregados al expediente, no surge en modo alguno que la progenitora del niño sea inepta para ejercer los derechos que le asisten y cumplir con los correlativos deberes que la responsabilidad parental le impone. Manifestó que sí se advierte una mala relación entre la actora y la demandada madre e hija-, y no así en torno a un real y probado mal desempeño de esta última en su rol de madre. En tal sentido sugirió la realización de una terapia a fin de reparar en la medida que fuera posible el vínculo entre ambas.