La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Familia de Neuquén se pronunció en el marco de los autos caratulados “M. L. I. s/ situación Ley 2212” y desestimó la apelación intentada contra el dictado de la medida cautelar de exclusión del hogar del demandado, en un caso de denuncias recíprocas de violencia entre las partes. Entendió que el esquema que rige, en el caso, es el de un proceso urgente, destinado a agotarse en su dictado y en donde prima la celeridad procesal, con el objetivo de que la víctima, mediante el mecanismo de una denuncia, pueda requerir y obtener el auxilio inmediato de la jurisdicción. A su vez, remarcó que el actuar judicial, ha tenido basamento legal y se presenta acorde a las circunstancias que emergen de la causa, en punto al riesgo que importaba la continuación de la convivencia.