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El despido de una trabajadora que informó su enfermedad mediante un correo electrónico resulta injustificado

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo de Capital Federal, se pronunció en el marco de los autos caratulados “Ballesteros, Guadalupe Gloria Soledad c/ La Caja de Ahorro y Seguro S.A. s/ Despido” e hizo lugar a un reclamo por despido injustificado, incoado por una trabajadora considerada incursa en la figura de abandono de trabajo durante el padecimiento de una enfermedad, que comunicó a su empleador a través de un correo electrónico. Consideró que pese a haber indicado la accionante que retomaría sus tareas habituales y entregaría los certificados médicos pertinentes, no se presentó a trabajar por continuar enferma, y no puede dejar de destacarse que teniendo conocimiento la empleadora de la situación de enfermedad de la trabajadora, razones de buena fe le imponían efectuar un nuevo requerimiento a la accionante a fin de justificar inasistencias y concurrir a trabajar, previo a extinguir el vínculo laboral por abandono de trabajo.