La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó una condena dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2 de la Capital Federal en la que se había impuesto la pena de 10 años de prisión a R.E.A. por el delito de homicidio en grado de tentativa agravado por el vínculo.
El tribunal de juicio tuvo por acreditado que R.E.A. le asestó a su cónyuge un puntazo en el abdomen a la altura del hígado con un elemento punzo cortante, ocasionándole lesiones de carácter grave.
Los magistrados, desestimaron un planteo de nulidad, y objeciones acerca de la materialidad del hecho juzgado, de la participación que se le atribuyó a R.E.A. y de la calificación jurídica asignada, señalando que en torno a tales aspectos, la sentencia impugnada se encuentra adecuadamente fundada.
Así las cosas, los jueces confirmaron la responsabilidad penal de R.E.A. por los hechos, descartando la concurrencia de circunstancias extraordinarias de atenuación.