La Cámara Federal de Casación Penal de la Capital Federal se pronunció en el marco de los autos caratulados “Vera, René Antonio s/ recurso de casación” y confirmó la condena a la pena única de 25 años de prisión, en orden al delito de abuso sexual doblemente agravado por haber sido cometido contra dos descendientes, menores de 18 años, y aprovechando la situación de convivencia, en concurso real con el delito de lesiones leves agravadas por el vínculo, aplicada a quien abusó sexualmente de su hija y, posteriormente hizo lo propio con su nieta. En el caso, el condenado había abusado de su hija y, como consecuencia de ello, la víctima concibió una niña que sería a la vez hija y nieta del abusador. En virtud de este hecho el encartado había sido condenado y, durante su libertad condicional, abusó de esta última, la cual también quedó embarazada y fue madre de otro hijo del imputado que es, a la vez, su bisnieto. Señaló que el mayor reproche al autor reincidente se fundamenta en el desprecio que manifiesta por la pena privativa de libertad dado que, pese a haberla sufrido con anterioridad y de forma efectiva, vuelve a cometer un delito amenazado también con la misma clase de pena.
