La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal ratificó que preceder con la palabra “desde” una oferta de un producto agrega “ambigüedad y confusión para el potencial comprador”. La sanción recayó sobre Falabella. En ese sentido la Cámara al pronunciarse en el marco de los autos caratulados “Falabella S.A. c/DNCI” y ratificó el criterio sancionador, y confirmó una multa de $70.000 por considerar que en un aviso “no se indicaba el precio total de contado en dinero en efectivo que debía abonar el consumidor final”. Si bien aun se discute acerca de si anteponer la palabra ‘desde’ al precio de un producto en un aviso resulta publicidad engañosa o no, porque puede generar confusión, los magistrados intervinientes sostuvieron la postura contraria que la de sus colegas de la Sala I del Cuerpo, que entiende que “dicha palabra expresa en forma clara y precisa el importe mínimo que se deberá pagar para lograr la adquisición del bien”.