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Actividad de los laboratorios de producción pública

La Ley N° 27.113 tiene por objeto promover la actividad de los laboratorios de producción pública, entendiendo por tales a los que pertenecen al Estado Nacional, Provincial, Municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de las fuerzas armadas y de las instituciones universitarias de gestión estatal.

Tiene entre sus objetivos:
a) Promover la investigación y el desarrollo científico, tecnológico e industrial de los laboratorios de producción pública;
b) Fortalecer el rol de los laboratorios de producción pública en el sistema de salud;
c) Propiciar programas y políticas públicas que prioricen la accesibilidad de medicamentos, materias primas para la producción de medicamentos, vacunas, insumos y productos médicos, considerados como bienes sociales;
d) Orientar la producción y el abastecimiento de medicamentos, vacunas, insumos y productos médicos al subsector público de la salud y a organismos o instituciones sin fines de lucro;
e) Promover el intercambio y la cooperación entre los laboratorios de producción pública a nivel regional e internacional.

Mediante la presente ley se crea la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos (ANLAP), organismo descentralizado en la órbita del Ministerio de Salud de la Nación, con autarquía económica, financiera, personería jurídica propia y capacidad de actuación en el ámbito del derecho público y del privado, que tiene como principal objetivo garantizar el cumplimiento de la Ley N° 26.688.