Sucedió en el marco de la causa “O., L. L. A. s/denegatoria de realizar la indagatoria por exhorto o videoconferencia”, donde la defensa del imputado había solicitado que se le realizara la declaración indagatoria vía exhorto o videoconferencia ya que el mismo vive en Misiones y no tendría capacidad económica para viajar.
Para los jueces de la sala I de la mencionada Cámara “se ha podido acreditar mediante el informe social realizado la delicada situación económica del imputado, y de esa forma se pone de manifiesto los perjuicios que le provocaría el viaje hasta esta ciudad de Buenos Aires, en caso de mantenerse la decisión recurrida”, motivo por el cual atendieron el reclamo y dispusieron su inmediata concreción.