El Juzgado Federal en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 6 se pronunció en el marco de los autos caratulados “Fargosi, Alejandro Eduardo c/ EN – PEN – Ley 26855 s/ proceso de conocimiento” y rechazó el pedido efectuado por un ex integrante del Consejo de la Magistratura con el objeto de que un senador nacional no integre dicho órgano por no poseer el título de abogado. Consideró que, si bien el mismo magistrado dictó una medida cautelar -luego confirmada en Cámara- por la cual dispuso la suspensión de varios artículos de la ley 26.855 de reforma del Consejo de la Magistratura, la misma no invalidó el artículo 5° de dicha norma, el cual establece que para ser miembro de dicho cuerpo sólo se requerirá contar con las condiciones mínimas exigidas para ser diputado.