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Se deja transitoriamente sin efecto un impuesto

La Presidenta de la Nación mediante Decreto 2578/14 dejó sin efecto el impuesto para operaciones que no superen determinado precio de venta, a partir del 1 de enero de 2015 y hasta el 30 de junio de 2015, ambas fechas inclusive. En ese sentido, el Decreto 2578/14 indica que se deja transitoriamente sin efecto el impuesto para aquellas operaciones cuyo precio de venta, sin considerar impuestos, incluidos los opcionales, sea igual o inferior a PESOS CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS ($ 195.500). Aquellas operaciones cuyo precio de venta, sin considerar impuestos, incluidos los opcionales, supere los PESOS CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS ($ 195.500) estarán gravadas con una tasa del DIEZ POR CIENTO (10%).