El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declaró inadmisible la acción declarativa de inconstitucionalidad interpuesta por el Partido el Movimiento, que pretendía se declare la inconstitucionalidad y pérdida de vigencia del artículo 39 Anexo I “Régimen Normativo de Elecciones Primarias, Abiertas Simultaneas y Obligatorias” de la Ley N° 4854, por entender que resulta contradictorio con el artículo 9 de la misma norma, el artículo 31 de la Constitución de la Ciudad y el artículo 38 de la Constitución Nacional. El Tribunal indicó que no se adviertió en la demanda interpuesta un sustento argumental solido que contenga la propuesta de un debate constitucional serio y fundado y recordó que la declaración de inconstitucionalidad de una ley constituye una medida de extrema gravedad constitucional.
