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El TSJ declaró inadmisible la acción declarativa de inconstitucionalidad interpuesta por el Partido el Movimiento

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declaró inadmisible la acción declarativa de inconstitucionalidad interpuesta por el Partido el Movimiento, que pretendía se declare la inconstitucionalidad y pérdida de vigencia del artículo 39 Anexo I “Régimen Normativo de Elecciones Primarias, Abiertas Simultaneas y Obligatorias” de la Ley N° 4854, por entender que resulta contradictorio con el artículo 9 de la misma norma, el artículo 31 de la Constitución de la Ciudad y el artículo 38 de la Constitución Nacional. El Tribunal indicó que no se adviertió en la demanda interpuesta un sustento argumental solido que contenga la propuesta de un debate constitucional serio y fundado y recordó que la declaración de inconstitucionalidad de una ley constituye una medida de extrema gravedad constitucional.