La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo de la Capital Federal se pronunció en el marco de los autos caratulados “González, Germán Gonzalo c/ Don Battaglia S.R.L. y Otros s/ Despido” y rechazó la pretensión de condenar solidariamente a los integrantes de una sociedad de responsabilidad limitada por la retención de aportes previsionales. Consideró que el no ingreso de aportes pudo tener diferentes razones, que no rozan la clandestinidad, pero ninguna autorizó a extender la condena a los socios, máxime cuando periódicamente suelen implementarse planes de regularización que permiten a las empresas subsanar las omisiones en que pudieran haber incurrido.
