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Barreda es excluido de la herencia de su familia por causa de indignidad

El Juzgado en lo Civil y Comercial N° 17 de la Provincia de La Plata se pronunció en el marco de los autos caratulados “Fernández Arreche, Hugo Enrique c/ Barreda, Ricardo Alberto s/ exclusión de herencia” y admitió la acción de declaración de indignidad interpuesta contra el ex odontólogo condenado por el homicidio de su suegra, de su esposa y de sus dos hijas, cometido mediante disparos de arma de fuego en la ciudad de La Plata. Indicó que si bien por aplicación de los arts. 3304 y 3545 del Código Civil el accionante, quien es primo segundo de las hijas del demandado, no estaría legitimado para demandar la declaración de indignidad respecto de éstas últimas, a fin de dar cumplimiento al mandato constitucional y garantizar el control de convencionalidad, corresponde adaptar la normativa interna a la internacional y extender al accionante la legitimación para demandar la declaración de indignidad respecto de las hijas, a fin de asegurar que ambas mujeres objeto de violencia tengan acceso efectivo al resarcimiento, reparación u otro medio de compensación justo y eficaz. En esa línea consideró que, la aplicación restringida de la norma local resulta injusta y atentatoria del régimen de protección de los Derechos Humanos de la Mujeres.