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De ser declarada en quiebra, caerá su licencia

La Cámara Comercial consideró que la declaración de quiebra de una licenciataria hacía extinguir el contrato de licencia con la fallida desde el momento del decreto de la quiebra, y las sublicencias que esta otorgó. En esa línea indicó que la propia existencia de la falencia de cualquiera de las partes es susceptible de afectar el renombre de la marca y, en consecuencia, su valor económico.