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El Gobierno porteño podrá remover los adoquines en San Telmo

Se trata de una acción de amparo interpuesta por varios vecinos de la ciudad porteña contra el gobierno que perseguía que se declararan nulos los actos administrativos que habían autorizado la remoción de los adoquines en la zona de San Telmo y, ulteriormente, la reposición de los que ya habían sido extraídos hasta tanto no quedaran las calzadas de la misma forma que se encontraban antes del comienzo de la obra. Además, reclamaban que se utilizaran exactamente los mismos adoquines, tratándolos como bienes no fungibles.
Para ello se basaron en que dicha área integra la Protección Histórica de San Telmo y que se encuentra por ende protegidas por la ley de Patrimonio Cultural la ley N° 65, que prevé la preservación y continuidad del paisaje urbano, ordenando reparar las vías empedradas con los mismos materiales con que fueran construidas.
Si bien los magistrados de primera y segunda instancia hicieron lugar al amparo y como consecuencia a la medida cautelar, el Tribunal Superior de Jusitica de la CABA admitió el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno porteño y revocó la misma. Para ello se basó en que no se veía probada la verosimilitud del derecho, siempre que los actos administrativos habían contemplado la protección del Patrimonio Cultural y que el amparo no se fundaba en más que una suposición de futuro incumplimiento de la normativa.