La Corte Suprema se apartó de las reglas generales y determinó, en una caso de guarda preadoptiva, que era competente el Tribunal del domicilio habitual de la menor y no el de su lugar de nacimiento.

La Corte Suprema se apartó de las reglas generales y determinó, en una caso de guarda preadoptiva, que era competente el Tribunal del domicilio habitual de la menor y no el de su lugar de nacimiento.