El Máximo Tribunal entendió que la permanencia en otro país no fue una decisión voluntaria de los hijos de los exiliados ni de sus padres, por lo que el lugar de nacimiento era irrelevante a la hora de reconocer el derecho que reclamaban.

El Máximo Tribunal entendió que la permanencia en otro país no fue una decisión voluntaria de los hijos de los exiliados ni de sus padres, por lo que el lugar de nacimiento era irrelevante a la hora de reconocer el derecho que reclamaban.