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jurisprudencia

SEGURIDAD EN SERVICIOS PÚBLICOS. Concepto. Importancia: valor para guiar la conducta del Estado. Derechos de los consumidores y usuarios

Montaña, Jorge Luis c/ Transportes Metropolitanos General San Martín s/ daños y perjuicios. (Daños y perjuicios - Lesiones por disparo con arma de fuego - Daños sufridos por el viajero - Art. 184 Código de Comercio - Falta de individualización del autor del hecho del ilícito - Derecho a la seguridad - Art. 42 CN - Remisión parcial al dictamen de la Procuradora Fiscal)

2°) Que por lo demás, en el precedente “Uriarte Martínez” (Fallos: 333:203), este Tribunal sostuvo que la interpretación de la extensión de la obligación de seguridad que tiene causa en el contrato de transporte de pasajeros, integrada con lo dispuesto por el art. 184 del Código de Comercio, debe ser efectuada con sustento en el derecho la seguridad previsto constitucionalmente para los consumidores usuarios (art. 42, Constitución Nacional).
3°) Que, en ese orden de ideas, en la referida causa se recordó que la incorporación del vocablo seguridad en la Carta Magna, es una decisión valorativa que obliga los prestadores de servicios públicos desempeñar conductas encaminadas al cuidado de lo más valioso: la vida, la salud de sus habitantes, ricos pobres, poderoso débiles, ancianos adolescentes, expertos profanos (Fallos: 331:819).Desde dicha perspectiva, agregó el Tribunal en mismo precedente, que aquel concepto debe ser entendido como un valor que no solo debe guiar la conducta del Estado sino también la de los organizadores de actividades que, directa, indirectamente, se vinculan con la vida, la salud de las personas. Por otra parte, la noción de seguridad trata de impedir que el poder de dominación de una parte en dicha relación no afecte los derechos de quienes se encuentran en situación de debilidad; es decir, el consumidor y el usuario. A partir de esta premisa, el trasportista debe adoptar las medidas atinentes a la prevención de los riesgos que la prestación comprometida acarrea para el consumidor sus bienes.
(MAYORIA)

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