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jurisprudencia

Doctrina de arbitrariedad de sentencia: estrictez de su aplicación.

Expte. nº 8398/11 “Azserzon, León Armando s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en ‘Azserzon, León Armando c/ GCBA s/ empleo público (no cesantía ni exoneración)’”

2″ …Resulta oportuno recordar aquí que la doctrina de la arbitrariedad de sentencia es estricta en su aplicación pues sólo tiende a cubrir supuestos de carácter excepcional. No tiene por objeto corregir fallos equivocados o que se consideran tales sino, únicamente, aquellos casos en los que deficiencias lógicas del razonamiento o una total ausencia de fundamento normativo impidan considerar el pronunciamiento cuestionado como la ‘sentencia fundada en ley’ a que hacen referencia los artículos 17 y 18 de la Constitución Nacional (doctrina de Fallos: 294:376; 308:2351, 2456; 311:786; 312:246, 389, 608 y 323:2196, entre muchos otros; aplicable mutatis mutandi al recurso de inconstitucionalidad local).
(JOSÉ OSVALDO CASAS)

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