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jurisprudencia

No configuración de sentencia definitiva a los efectos del recurso ordinario de apelación ante el TSJ. Diferimiento del examen de la sentencia recurrida mientras se mantengan agravios.

Expte. nº 7460/10 “GCBA s/ queja por recurso de apelación ord. denegado en ‘Pérez García, Fidelia y otros c/ GCBA y otros S/ responsabilidad médica’”.

3. Asimismo, es correcta la solución adoptada por la Cámara al resolver el recurso, pues si bien la sentencia recurrida no es definitiva a los efectos del recurso ordinario de apelación ante el TSJ, corresponde diferir su examen para el momento procesal pertinente, una vez dictada la sentencia definitiva por la Cámara, en tanto subsistan, se mantengan y fundamenten los agravios del recurrente ante este estrado (cf. en sentido semejante, CSJN, “SA Celulosa Argentina v. Nación Argentina”, Fallos: 188:393).

(Ana María Conde)

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