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jurisprudencia

Excepción ante la configuración de menoscabo a reglas del debido proceso.

Pedido de juicio político contra el Sr. Gobernador Mario Jorge Colazo en los términos del art. 114 de la Constitución provincial s/ remesa de coparticipación federal a la Municipalidad de Río Grande (Formalmente admisible el recurso extraordinario - Revoca sentencia - Destitución por mal desempeño - Sanción de inhabilitación - Debido proceso - Generalidad - Dogmatismo - Falta de fundamentación autónoma - Alcance del art. 122 de la Constitución provincial - Carácter accesorio de la inhabilitación - Corresponde privar de validez al fallo - Nuevo fallo - Respuesta fundada a los planteos constitucionales - Voto del juez Zaffaroni - Integración de la mayoría - Disidencia de los jueces Highton de Nolasco, Fayt y Argibay - El recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del CPCCN)).

5°) …Así, con carácter excepcional, puede admitirse la intervención de esta Corte cuando los planteos efectuados en el recurso extraordinario revelen en forma nítida, inequívoca y concluyente un grave menoscabo a las reglas del debido proceso que, asimismo, exhiba relevancia bastante para variar la suerte de la causa.

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