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jurisprudencia

Requisitos para deducirlo.

Parrilli, Rosa Elsa s/ recurso en SCD-187/09-0 (denuncia efectuada por el Señor Ministro de Justicia y Seguridad del GCBA). (Desestima el recurso extraordinario - Pronunciamientos del Jurado de Enjuiciamiento - Derecho público local - Procedimiento - Carga argumentativa - Agravios constitucionales - Necesidad de fundamentación suficiente y autónoma - Voto jueces Lorenzetti y Fayt: Concuerdan con el voto que encabeza el pronunciamiento excepto considerando 8° - Naturaleza del juicio político - Precedentes Corte - Alcance del escrutinio - Requisitos).

7°) Que con arreglo a clásica jurisprudencia del Tribunal, para la correcta deducción del recurso extraordinario es menester que se lo funde, dado su carácter autónomo, mediante un preciso relato de los hechos de la causa, de la materia federal en debate y de la vinculación existente entre esta y aquellos; además, el escrito respectivo ha de contener una critica concreta y circunstanciada de la sentencia que se impugna, debiendo el apelante refutar todos y cada uno de los fundamentos en que se apoya el a quo para arribar a las conclusiones que lo agravian (Fallos: 295:99 y 621; 296:639; 305:706, entre otros). Estas exigencias han sido expresamente tipificadas en el reglamento aprobado por la acordada 4/2007 (arto 3°, inciso b y d).
(UNANIMIDAD)

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