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jurisprudencia

Efectos Suspensivos

“Ministerio Público —Fiscalía ante la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 2— s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: ‘Luchetta, Gustavo Pablo s/ inf. art. 111, conducir en estado de ebriedad o bajo efectos de estupefacientes —CC—" Expte. nº 8857/12

Como regla, la interposición de una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado no suspende el curso del proceso y aunque excepcionalmente este Tribunal puede, mediante resolución expresa, suspenderlo antes de pronunciarse sobre la admisibilidad de la queja (art. 33, ley nº 402), en el caso el recurrente no brinda fundamento alguno que permita apartarse de la reiterada jurisprudencia de este Estrado según la cual la falta de acreditación de razones que permitan hacer excepción a dicha regla conduce al rechazo del pedido (cf. Este Tribunal in re: “Correo Oficial de la República Argentina S.A. s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: ‘Correo Oficial de la República Argentina SA s/ inf. Falta de habilitación y otros’”, expte. N° 4808/06, resolución del 4/10/2006 e “Hipódromo Argentino de Palermo SA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en ‘Hipódromo Argentino de Palermo SA s/ inf. Art. 9.1.1, obstrucción de inspección —apelación—’”, expte. N° 5881/08, resolución del 4/6/2008, y sus citas, entre otros).

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