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jurisprudencia

Perentoriedad de los plazos del recurso de queja. Efecto del vencimiento del plazo.Extemporaneidad de la queja.

Expte. n° 7643/10 “GCBA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: Jaramillo Rojas, Miquel y otros c/ GCBA s/ otros procesos incidentales en ‘Jaramillo Rojas, Miquel y otros c/ GCBA s/ amparo (art. 14 CCABA)’”

La resolución denegatoria que motivó esta queja fue notificada al demandado el 27 de septiembre de 2010 (fs. 152 vuelta de los autos principales). El recurso directo fue presentado el día 30 de septiembre de 2010 a la 1:44 PM (fs. 35 vuelta), una vez vencido el plazo de 2 días previsto por el art. 23 de la ley 2145, y la franquicia del art. 108 de la ley 189. Tratándose de un plazo perentorio, su vencimiento dejó firme el auto denegatorio. Corresponde entonces rechazar la queja extemporánea. Así lo votamos.

(Luis Francisco Lozano, Alicia E. C. Ruiz, José Osvaldo Casás y Ana María Conde )

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