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jurisprudencia

improcedencia.

Expte. n° 8311/11: “GCBA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en ‘GCBA c/ Cookery S.A. s/ ejecución fiscal’”

4.4 Con respecto al planteo relativo a que la falta de inclusión en el plan de toda la deuda —ya que los períodos 12 del 2001 y 1 del 2002 no fueron introducidos en el plan de pagos— excluye la posibilidad de considerar condonada la multa, en virtud de lo expresamente dispuesto por la ley 2406, considero que el planteo constituye una mera discrepancia con el criterio —contrario— sostenido por la Cámara, que no logra superar el ámbito infraconstitucional.
En efecto, la Cámara analizó el planteo y lo descartó al sostener que “… Si bien es cierto lo que aduce la ejecutante en cuanto a que la ejecutada no incorporó en el plan de facilidades de pago todos los períodos reclamados y, por tanto, la condonación no alcanza a la totalidad de éstos; también lo es que resultaría desproporcionado ––además de contrario al texto normativo antes transcripto–– condenar a la accionada al pago íntegro de la multa, cuando en realidad de las constancias de autos se advierte que sólo no ha incluido dos períodos en aquel plan …” (fs. 191). Esta argumentación, más allá de su acierto o error, realiza una ponderación seria de los hechos de la causa y, sustentada en el principio de razonabilidad, brinda una respuesta posible entre las alternativas que brinda el ordenamiento jurídico.
En definitiva, el agravio plantea una interpretación distinta de la normativa infraconstitucional —ley 2406 y su decreto reglamentario— y de cómo deben valorarse los hechos de la causa —particularmente cuántos períodos fueron incluidos en planes de regularización y cuántos no—, pero no demuestra la directa vinculación de lo decidido con las normas constitucionales invocadas en los recursos

(Jueza Ana María Conde)

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