La obra social ajustó su conducta a lo preceptuado en las normas vigentes y no es posible imputarle incumplimiento a sus obligaciones
“A., M. G. c/ Obra Social del Poder Judicial de la Nación s/ cobro de pesos/sumas de dinero”, Corte Suprema de Justicia de la Nación, 05/09/2017
Persona con discapacidad – Asistencia médica – Indemnización – Daño moral – Obra social
VER FALLO