Home / Area / JURISPRUDENCIA Diario Penal Nro 119 – 26.08.2016


JURISPRUDENCIA

El tribunal, por mayoría, declaró la nulidad de una declaración testimonial recibida por un defensor oficial

CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL – SALA 7
CCC 51480/2015/1/CA1 –
“A., P.”. Falta de acción. Lesiones culposas. Correccional 14/81.-
/// 4 de mayo de 2016.
Y VISTOS:
I. Celebrada la audiencia prevista en el artículo 454 del Código Procesal Penal, convoca a la Sala el recurso de apelación interpuesto por la defensa contra el auto documentado a fs. 7/8, en cuanto no se hizo lugar a la excepción de falta de acción.
El juez Juan Esteban Cicciaro dijo:
La asistencia técnica se agravió por considerar que la entidad de
las lesiones sufridas por E. N. A. -que fueron valoradas como graves-, no puede sustentarse únicamente en el informe médico agregado a fs. 80/81, en razón de que no se condice con los dichos de la damnificada, quien manifestó que permaneció internada “en observación” durante diez días, que luego de ello no requirió tratamiento alguno y que “continuó con su vida normal” (fs. 1165).
Acorde a ello y en tanto sólo se verificaban lesiones leves, sin que al respecto se instara la acción, debía hacerse lugar a la excepción planteada.
II. La compulsa de las actuaciones permite establecer que las
actuaciones se iniciaron por prevención policial (fs. 1/2), tras lo cual el juzgado interviniente delegó la investigación en la fiscalía (62), cuyo titular dispuso que A. –una de las personas que había sufrido lesiones en el hecho de tránsito pesquisado- fuera escuchada testimonialmente por la autoridad policial en su domicilio, en razón de su avanzada edad (fs. 67).

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