Al momento de valuar los bienes para tasarlos, deben tomarse en cuenta los valores reales al tiempo de efectuar la diligencia y no al de la muerte del causante
“Recurso de hecho deducido por Centro de Educación Médica e Investigaciones Clínicas Norberto Quirno (C.E.M.I.C.), Fundación Norberto Quirno y Fundación para la Lucha contra las Enfermedades Neurológicas de la Infancia (FLENI) en la causa Pugibet Fevrier, Jacqueline y otro s/ sucesión testamentaria”, CSJN 13/12/2016.
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