Home / Area / JURISPRUDENCIA Diario DPI Suplemento Seguros Nro 27 – 05.02.2016


JURISPRUDENCIA

Oponibilidad de la franquicia frente al tercero damnificado

Vistos los autos: “Recurso de hecho deducido por la citada en garantía en la causa Cataldo, Teresa Adela Juana cl Microómnibus General San Martín SA y otros sI daños y perjuicios”, para decidir sobre su procedencia. Considerando: Que los agravios de la recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas alas examinadas por el Tribunal en la causa “Nieto, Nicolasa del Valle cl La Cabaña S .A. Y otros” (Fallos: 334: 988), cuyas consideraciones se dan por reproducidas. El juez Lorenzetti se remite a su voto en la citada causa. Por ello, resultando inoficioso que dictamine la señora Procuradora General, con el alcance indicado, se declara procedente la queja, formalmente admisible el recurso extraordinario y se revoca la decisión apelada. En consecuencia, se admite que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al -II-tercero damnificado y que la sentencia no podrá ser ejecutada contra la aseguradora sino en los límites de la contratación (conf. arto 16, segunda parte, ley 48). Con costas. Agréguese la queja al principal y reintégrese el depósito. Notifíquese y devuélvase.

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