Home / Area / JURISPRUDENCIA Diario Comercial, Económico y Empresarial Nro 101 – 07.12.2016


JURISPRUDENCIA

Declaración de nulidad de Asambleas

En Buenos Aires a los veintinueve días del mes de noviembre de dos mil
dieciséis, reunidos los Señores Jueces de Cámara en la Sala de Acuerdos
fueron traídos para conocer los autos “A? D? V? C/LA QUINCA SA Y OTROS S/ORDINARIO” (Expediente N° COM 56189/2009) en los que al practicarse la desinsaculación que ordena el artículo 268 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación resultó que la votación debía tener lugar en el siguiente orden: Doctores B., T. y O. Q.
El doctor J? M? O? Q? no interviene en el presente Acuerdo por encontrarse en uso de licencia (art. 109 del Reglamento para la Justicia Nacional). Estudiados los autos la Cámara plantea la siguiente cuestión a resolver:
¿Es arreglada a derecho la sentencia apelada de fs. 1299/1306?
El Señor Juez de Cámara doctor B? dice:
I. Los antecedentes.
Presentaré, resumidas, las posiciones sostenidas por los sujetos procesales intervinientes en la causa y las aristas dirimentes del conflicto suscitado que estimo útiles para su elucidación (CSJN, Fallos 228:279 y 243:563).
a) D. V. A. promovió demanda ordinaria contra La Quinca S.A., M. M. A. y P. D. A. por la que se persigue: i) la declaración de nulidad de las Asambleas celebradas los días 26.06.09 y 16.07.09; ii) la acción de responsabilidad contra los nombrados en su carácter de directores de la sociedad, por mal desempeño de sus funciones; y iii) la remoción de los cargos desempeñados por aquéllos.

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