Las redes sociales y cuentas de correo electrónico constituyen una "comunicación electrónica" o "dato informático de acceso restringido"cuyo acceso sólo es posible a través de un medio que por sus características propias se encuentre dentro de los servicios de telecomunicaciones que son de interés de la Nación
“M.R. O. s/amenazas con armas o anónimas”, Dictamen de la Procuración General de la Nación, 30/08/2017
Cuestiones de competencia – Violencia doméstica – Redes sociales – Correo electrónico – Interés de la Nación
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