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jurisprudencia

Primera fuente de interpretación: letra de la ley

Carlos, Jorge y otros el L8 83 TV Canal 9 s/ cobro de pesos.

6°) Que es doctrina reiterada del Tribunal que la primera fuente de interpretación de la ley es su letra, sin que sea admisible una inteligeneia que equivalga a preseindir de su texto y que, Cuando ella no exige esfuerzo en su hermeneutiea, debe ser apliCeada direetamente, con preseindeneia de consideraciones que excedan las circunstaneias del caso expresamente contempladas por la norma (Fallos: 329:3470 y suscitas).
(Disidencia de los ministros Ricardo Luis Lorenzetti y Elena I.H. Nolasco)

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