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jurisprudencia

Funciones del Defensor Público

Pena, Indiana Elsa y otros c/ Estado Nacional – Ministerio Público – Defensoría General de la Nación s/ empleo público (Procedente el recurso extraordinario – Revoca la sentencia – Rechaza la demanda (art. 16 ley 48) – Defensoría Pública Oficial – Art. 12 inc. d) ley 24.946 – Ministerio Público – Alcance equiparación - Funciones – Diferente categorización – Art. 14 bis CN – Principio igual remuneración por igual tarea – Art. 16 CN – Criterio de selección del legislador – Razonabilidad).

7º) Que tampoco resulta reprochable que se otorgue a las actoras distinto tratamiento —jerárquico y remunerativo— que el recibido por los defensores públicos oficiales que actúan ante los tribunales federales. Ello es así por cuanto existen sustanciales diferencias entre las competencias, deberes y obligaciones asignadas en la ley 24.946 a unos y otros funcionarios (confr. Artículos 4º, 54 y 60); principalmente si se toma en consideración que en el caso de los tribunales federales de la Capital Federal, quien se desempeña en la única defensoría pública oficial de actuación ante ellos, debe asumir no sólo la defensa de los pobres y ausentes, encomendada en el citado artículo 60 de la Ley Orgánica de Ministerio Público, sino también la de menores e incapaces.

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