Home / Area / DOCTRINA EN DOS PÁGINAS Diario Penal Nro 179 – 09.02.2018


DOCTRINA EN DOS PÁGINAS

Inteligencia Artificial y Derecho – Realidades y Ficciones (Parte II)

Por Martín O. Moguillansky*

 

La IA -o más particularmente la argumentación lógico-matemática- es capaz de realizar razonamiento automatizado para considerar una base de fuentes y precedentes del derecho, si bien limitada, de una inmensa magnitud en relación a lo usualmente considerado en un fallo. Este tipo de razonamiento permite tomar decisiones considerando información conflictiva, superando los límites de la consistencia lógica. Es por ello que la lógica clásica no será en general suficiente para lidiar con los problemas más triviales de la argumentación jurídica.

Por su parte, la práctica de los juristas sobre la argumentación desde la perspectiva pura de la lógica, es en general superflua o intuitiva y en ocasiones, esquiva. Esto provoca la definición de metodologías informales de razonamiento que en ocasiones resultan ser ampliamente conocidas dentro del entorno de su práctica, pero poco difundidas a nivel lógico-formal en el ámbito de la ciencia. Una formalización lógica abriría las puertas al análisis crítico de otras miradas y conduciría en definitiva a una inevitable evolución de las técnicas subyacentes al razonamiento jurídico en la práctica. Pero, además, facilitaría la aparición de elementos de software que las desarrollen con la intención de asistir en la tarea jurídica a través de recomendaciones, por ejemplo, en la valoración y construcción de la prueba. Sin embargo, y en tanto el trabajo lógico formal tenga poco lugar en el derecho, tales metodologías seguirán siendo completamente desconocidas para el científico ajeno a tal práctica. Un ejemplo de estas metodologías es la interpretación jurídica.

La fundamentación de las sentencias es una obligación en el derecho que no puede ser obviada por los sistemas recomendadores. Como contrapunto a lo sugerido por Pastor[1], un sistema infiere una conclusión, pero no de la forma en que lo hace una calculadora, sin una explicación sobre el desarrollo de su razonamiento. Justamente, la argumentación en IA es una de las áreas especializadas en ese aspecto: tomar decisiones detallando su justificación.

Un sistema recomendador podría considerar una gran cantidad de casos previos para ser citados en los fallos, y así evitar la tentación de conformarse con tan solo unos pocos casos (supuestamente) relevantes y que luego se los sospeche funcionales al interés del juzgador de turno. Pero, además, permitiría la aceleración de los procesos, aunque no a cualquier precio, sino mejorando además la correctitud material y la formalidad de la decisión, fortaleciendo garantías y dificultando la intromisión de factores extra legales en la sentencia, porque en IA todo se funda en términos de la lógica-matemática. Esto significa una nueva herramienta para la detección de arbitrariedades, haciendo que la aplicación de normas sea más impermeable a cuestiones políticas.

En las etapas preparatoria e intermedia del proceso penal, estos sistemas permitirían un análisis del caso con mayor exhaustividad. Permitirían también realizar simulaciones sobre la presentación de la argumentación de la prueba, previo al debate oral. El beneficio para fiscales, defensores y jueces sería inconmensurable. La prueba presentada en etapa de debate habría atravesado testeos en la simulación realizada en las etapas previas del proceso y así la prueba presentada tendría altos niveles de formalidad y correctitud material.

Pero sin lugar a dudas, los conflictos del derecho necesitan de los sujetos humanos para ser resueltos. El conflicto atravesado por la lógica-matemática permite un análisis teórico de su construcción formal, pero las subjetividades propias del ser humano solo pueden ser resueltas por la consideración de un par. Así, un sistema recomendador para el proceso penal emitirá sugerencias justificadas en las fuentes del derecho, incluyendo interpretaciones ya realizadas en precedentes de relevancia, pero será el juez humano quien en última instancia responda a su criterio. La diferencia más notable estaría en la calidad de la base de prueba sobre la que se deberá fundar la sentencia.

En tal sentido, un sistema recomendador sería de gran ayuda para estimar si la evidencia disponible será suficiente para efectuar el pedido de elevación a juicio o si, por el contrario, detectará insuficiencia para sortear el estado de duda prediciendo la absolución. Es necesario tener en cuenta que un sistema recomendador sería capaz de realizar muy fácilmente tales predicciones fundadas en precedentes relevantes, mientras que un operador del derecho usualmente lo hace, aunque con buena eficacia, de forma intuitiva, fundado en su experiencia.

Estos sistemas también pueden ser construidos para medir el ejercicio discrecional y proponer márgenes para delimitarlo, de modo que las interpretaciones para el caso puedan variar “racionalmente”. Por ejemplo, en etapa de simulación, el sistema podría informar que “la interpretación adoptada excede el límite racional pre-estipulado de acuerdo a la subsunción sobre la generalización de sentido común R adoptada en el fallo X”. Por ello, el sistema de derecho se vería inalterado en términos operativos dado que el último criterio seguirá siendo el del operador humano. La asistencia tecnológica proveería la elevación de un estándar de razonamiento en términos de formalidad y correctitud material, tanto como de completitud de las diferentes perspectivas de interpretación consideradas en los precedentes relativos al caso.

Es el planteo de un modelo coherentista y en algún sentido autorreferencial, pues se remitiría a un stock de decisiones previas dentro de la misma jurisdicción, territorio, instancia, o tema. El sistema se basaría en lo que han hecho otros en ese mismo “lugar” aunque, una vez más, no decidiría, sino que incidiría en la decisión. Por ello, un sistema recomendador funcionaría como una condición contribuyente de la decisión del fiscal o juez. No es necesario para tomar la decisión, pues el juez podría apartarse razonadamente de lo que se le recomienda, permitiendo así al sistema aprender de la decisión del juez. En tanto que, no es suficiente porque el juez y fiscal están obligados a profundizar, dentro de un lenguaje natural, la explicación sugerida por el sistema experto sobre cómo tal o cual evidencia apoya la conclusión. Es, en definitiva, el planteo para abrir nuestras mentes hacia un desafío sin precedentes que revolucionará la práctica del derecho tal cual la conocemos. 

[*] Investigador CONICET en Inteligencia Artificial y Derecho por el Instituto de Ciencias e Ingeniería de la Computación (ICIC) de la Universidad Nacional del Sur. (e-mail: mom@cs.uns.edu.ar).

[1] Íbid. p. 19.

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