Home / Area / DOCTRINA EN DOS PÁGINAS Diario Familia y Sucesiones Nro 147 – 23.03.2018


DOCTRINA EN DOS PÁGINAS

Actualización en derecho sucesorio. Principales modificaciones

Por Gabriel Rolleri*

I.- Introducción

El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación regula el régimen de las sucesiones por causa de muerte en un total de 261 artículos específicos, localizando 255 de ellos dentro del Libro Quinto, “Transmisión de derechos por causa de muerte” (arts. 2277 a 2531), y los 6 restantes  dentro del Título IV “Disposiciones de derecho internacional privado” del Capítulo 3° de la Sección 9° “Sucesiones” incluida en el Libro Sexto “Disposiciones comunes a los derechos personales y reales” (arts. 2643 a 2648).

Al respecto, el Libro Quinto, contiene el siguiente índice temático:

TÍTULO I Sucesiones
TÍTULO II Aceptación y renuncia de la herencia
TÍTULO III Cesión de herencia
TÍTULO IV Petición de herencia
TÍTULO V Responsabilidad de los herederos y legatarios. Liquidación del pasivo

 

TÍTULO VI Estado de indivisión
TÍTULO VII Proceso sucesorio
TÍTULO VIII Partición
TÍTULO IX Sucesiones intestadas
TÍTULO X Porción legitima
TÍTULO XI Sucesiones testamentarias

Por su parte el Libro Sexto, comprende el siguiente articulado:

Artículo 2643

 

Jurisdicción.
Artículo 2644

 

Derecho aplicable.
Artículo 2645

 

Forma.
Artículo 2646

 

Testamento consular.
Artículo 2647

 

Capacidad.
Artículo 2648

 

Herencia vacante

II.- Principales modificaciones

Entre las principales modificaciones al derecho de las sucesiones incluidas en el código civil y comercial, encontramos aquellas que eliminan algunos institutos clásicos como la desheredación, la nuera viuda sin hijos, el testamento cerrado, la administración beneficiaria y, aunque conservando sus efectos, el beneficio de Inventario.

A su vez, se modificaron algunas denominaciones y se agregaron otras nuevas como el heredero de cuota, la colación de deudas, la investidura de la calidad de heredero, la atribución preferencial y la licitación como modo particional.  También se incorporó la cesión de herencia, la administración judicial y extrajudicial, la indivisión forzosa y la acción de petición de herencia, como también se incluyeron normas de procedimiento, propias de los códigos locales, regulando especialmente el proceso sucesorio con distintos requisitos.

Pero más allá de lo expresado, la modificación más representativa ha sido la disminución de las porciones de la legítima hereditaria, hecho que ha respondido al criterio de una doctrina mayoritaria que consideraba excesivas las porciones establecidas por Vélez Sarsfield,  buscando ampliar de este modo la autonomía de la voluntad y las posibilidades de una libre y definitiva disposición del futuro causante.

Finalmente merece destacarse una acertada incorporación de la noción del concepto “solidaridad familiar”, que puede verse reflejada en la inclusión de la mejora al heredero con discapacidad y que también se visualiza en la posibilidad de que el heredero que ha participado en la constitución de una unidad económica se oponga a su partición, protegiendo de esta forma a otro instituto relevante: la “empresa familiar”.

III.- Posgrado de Actualización en Derecho Sucesorio

Teniendo en cuenta estos significativos y novedosos cambios, a partir del mes de abril del corriente se dictará, en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, el Posgrado de Actualización en Derecho Sucesorio bajo la Dirección de la Dra. Graciela Medina, la Subdirección del Dr. Gabriel Rolleri y contará con destacados profesores, no solo de esa Universidad sino de diversas casas de altos estudios de todo el país entre los que podemos encontrar a Carlos Arianna, Jorge Azpiri, Sebastián Balbín, Úrsula Basset, Jorge Berbere Delgado, Julio César Capparelli, Marcos Córdoba, Pedro Di Lella, Fernando Diez, Eduardo Favier Dubois, Maximiliano Flammá, Francisco Magín Ferrer, Ignacio Gonzalez Magaña, Héctor Roberto Goyena Copello, Lidia Hernández, Graciela Medina, Leandro Merlo, Fernando Millán, Javier Moreyra, Cristina Mourelle de Tamborenea, Fernando Perez Lasala, Guillermo Ocampo, Juan Pablo Olmo, Ana María Ortelli, Osvaldo Pitrau, Gabriel Rolleri, Eduardo Roveda, Javier Santiso, Luciana Scotti, Néstor Solari, Ignacio Strasser, Luis Ugarte.

El mencionado posgrado estará coordinado por la Dra. Romina Dangeli, con quien pueden contactarse a  rominadangeli@derecho.uba.ar 

[*] Subdirector del Posgrado de Actualización en Derecho Sucesorio de la UBA  – grolleri@derecho.uba.ar

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