Home / Area / DOCTRINA EN DOS PÁGINAS Diario DPI Suplemento Salta Nro 09 – 11.08.2017


DOCTRINA EN DOS PÁGINAS

La construcción del conocimiento en la enseñanza del Derecho. Recordando algunos principios rectores

Por Marcela Von Fischer

Estas reflexiones no tienen pretensiones de originalidad. Sólo proponen un paréntesis para reeditar una antigua pero aún irresuelta cuestión: ¿cómo se ejerce  la docencia en el ámbito del Derecho?     

La preocupación por la calidad educativa en relación, en este caso, a la educación superior, en particular, sobre las ciencias jurídicas, es una constante tanto en la Universidad pública como privada.

Darle contenido a las llamadas buenas prácticas de enseñanza no sólo se ciñe a la necesidad de que el alumno desarrolle un pensamiento crítico, su creatividad y habilidades cognoscitivas complejas, el problema se plantea en relación al rol que desempeña o debería desempeñar al respecto el profesor universitario.

Cambios en la concepción de la enseñanza que tiene el docente: ¿es suficiente aplicar  las nuevas tecnologías?

Los cambios en la docencia no se circunscriben únicamente a la actualización de determinada técnica didáctica o al uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC); implican confrontar las creencias que subyacen a la práctica docente –donde son sinónimos enseñar y exponer– para ayudar a los profesores a aceptar nuevos riesgos, abrirse a otras visiones de la enseñanza, hacer cosas que no hacían antes, volver a ser aprendices y mostrarse dispuestos a vivir nuevas experiencias educativas.

En  tal contexto,  la inexistencia de un marco teórico que permita objetivar criterios y confrontarlos resulta un grave inconveniente ya que todas las conclusiones obtenidas hasta ahora parten de las experiencias individuales de los docentes donde la subjetividad dificulta las reformas e innovaciones educativas.

Es necesario recordar que enseñar Derecho constituye un quehacer que debe ser percibido como una función independiente, emancipada del rol del abogado. Resulta equívoco concluir sin más que todo profesional de la abogacía es un docente de ciencias jurídicas. Parece una obviedad, pero las competencias y destrezas adquiridas por aquél no son las mismas que se requieren para iniciar la construcción del conocimiento en esta materia. No todo buen abogado o investigador, es un buen profesor.

Precisamente, el escenario que exhibe la Universidad actual, salvo excepciones, muestra a  docentes que no concurren a sus cátedras  y delegan en auxiliares su tarea,  programas desactualizados, bibliografía vetusta, desinterés por las técnicas pedagógicas, exámenes meramente cuantitativos, ausencia de recursos tecnológicos y por otra parte, alumnos que entienden a su vida universitaria como “una carrera de obstáculos” que hay que superar para obtener el “título”.

Se parte de una comprensión sesgada de la enseñanza del Derecho, que olvida la ineludible capacitación y formación del docente y que tampoco ve al alumno como protagonista activo en el proceso educativo, de indiscutible naturaleza dialéctica, donde debe primar el desarrollo e incentivo de su espíritu crítico.

Principios a tener en cuenta para una enseñanza eficiente

Resulta útil postular seis principios de una enseñanza efectiva en educación superior. Ellos son:

  1. despertar el interés y los deseos de aprender por parte de los estudiantes, donde ellos acepten el esfuerzo que va requerir;
  2. preocupación y respeto por el aprendizaje del alumno, es decir, todas sus acciones deben estar encaminadas a lograr cambios en su comprensión del mundo;
  3. ofrecer una realimentación adecuada y una justa evaluación, sobre todo la primera, ya que es la característica de una enseñanza eficiente más citada por los estudiantes;
  4. metas claras y retos intelectuales: al estudiante le debe quedar claro lo que se espera de él y alcanzar esa finalidad debe implicar un desafío;
  5. fomento de la independencia y control de su aprendizaje por parte del alumno y su activo involucramiento; y
  6. aprender de los estudiantes, lo que implica que el maestro debe ser humilde y estar dispuesto a conocer cosas nuevas, ser generoso para compartir lo que sabe y conocer a sus alumnos para adaptar sus conocimientos a sus características, expectativas y deseos, y no al revés.

Tres preguntas centrales

Con  tal contexto,  resulta axial comenzar a repensar la enseñanza del Derecho desde tres atalayas, a modo de un triángulo de lados iguales, en la cúspide la sociedad y luego, los docentes y los alumnos, a fin de disparar tres preguntas esenciales

1) ¿Qué reclama la sociedad de los profesionales del derecho?: construir entornos de convivencia sustentados en la paz, la igualdad y la justicia.

2) ¿Cómo debe llevar adelante el docente una enseñanza efectiva?: debe estar respaldada en procesos dialógicos, donde el docente propicie que la discusión y fundamentación sean protagonistas a la vez que motiven al alumno a desarrollar un pensamiento propio. La cátedra debe ser un ámbito de pensamiento libre, creativo,  de elaboración y construcción permanente, donde el conocimiento se reedite de modo constante. Además, debe reflejar los contextos económicos, culturales y políticos ya que el derecho es una ciencia práctica, orientada al hacer. El estudiante de Derecho debe aprender con las mismas herramientas dadas por la trama social en que se encuentra inmerso. Por ello, un profesor que base la  enseñanza  en dogmatismos produce profesionales incapaces de dar respuestas concretas a los requerimientos que le exigirá su vida profesional. De allí la necesidad de reflexionar sobre las técnicas pedagógicas e incluir el método del caso, los foros de discusión, las representaciones de situaciones reales, las prácticas en instituciones y estudios jurídicos, entre otros.

La Universidad es responsable de jerarquizar este proceso de construcción del conocimiento desde el punto de vista presupuestario y garantizando la formación de sus formadores.

3) ¿Quién es el alumno de la carrera de abogacía?: es el protagonista de una travesía compleja, donde el docente debe acompañar, guiar el proceso de aprendizaje,  ayudando a descubrir nuevas sendas y a encontrar respuestas diferentes a problemas y realidades que se encuentran en constante cambio.

En definitiva, con estos presupuestos, no es nuevo el reclamo por una instancia de revisión de la enseñanza del Derecho, en la comprensión de que la buena voluntad, la intuición o el mero voluntarismo no son suficientes para desempeñar el rol docente en la abogacía, sino que es imprescindible generar un proceso para profesionalizar a quienes pretendan desempeñar tan generosa labor a fin de lograr una educación universitaria de calidad.

Valgan  estas breves palabras para no olvidar tal deuda pendiente.

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